Resumen
El art. 19 N°1 inc. 1° establece que la Constitución asegura a todas las personas “el derecho a la vida y la integridad física y psíquica”. Además, en su inc. 2° sostiene que “la ley protege la vida del que está por nacer”. Por lo tanto, la Constitución ampara la vida del nonato y su madre. El problema es determinar cómo debe actuar el legislador cuando se produce un aparente conflicto entre los derechos de la madre y de la vida en gestación. Nuestro estudio pretende dar algunos criterios de solución a esta cuestión.
Idioma original | Español (Chile) |
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Páginas (desde-hasta) | 35-65 |
Número de páginas | 30 |
Publicación | Revista Derecho Público Iberoamericano |
N.º | 11 |
Estado | Publicada - 2017 |