Pedro de Reina y Maldonado y La visita de idolatrías: ¿Deber de los obispos indianos

Producción científica: Contribución a una revistaArtículorevisión exhaustiva

Resumen

Durante los siglos XVII y XVIII en diversas diócesis andinas, dependientes de la arquidiócesis de Lima, se realizaron visitas contra las idolatrías de los indígenas, con la finalidad de poner fin a costumbres, prácticas y ritos que se alejaran de la ortodoxia católica. En tal contexto Pedro de Reina y Maldonado, canónigo de Trujillo, postuló que organizar estos tribunales itinerantes constituía un deber de los obispos americanos no contemplado en el derecho canónico universal. Así pues, lo que se estudia y analiza en el siguiente artículo es si efectivamente la organización de las visitas de idolatrías constituyó una obligación episcopal, y por tanto del derecho canónico indiano, presentado y formulado por un ambicioso sacerdote, natural de Lima, que aspiraba a ascender
en la jerarquía eclesiástica.
Idioma originalEspañol (Chile)
Páginas (desde-hasta)239-265
PublicaciónRevista de Estudios Historico-Juridicos
Volumen39
EstadoPublicada - 2017

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