La potestad revocatoria de los actos administrativos

Título traducido de la contribución: The revocation of administrative authority

Producción científica: Contribución a una revistaArtículorevisión exhaustiva

Resumen

El artículo 61 de la Ley N° 19.880 de 2003, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado, regula la potestad que le permite a los órganos de la Administración del Estado volver a revisar los actos administrativos válidos, ya sea por razones de oportunidad, mérito o conveniencia. No obstante, este artículo no profundiza en el concepto, los requisitos y límites para ejercicio de la potestad revocatoria, ni tampoco en la relación que existe entre esta potestad y las demás potestades para extinguir los actos administrativos. En este trabajo se analiza la regulación de la potestad revocatoria contemplada en el artículo 61º de la Ley Nº 19.880 de 2003; su objeto, requisitos, fundamentos y las limitaciones aplicables a su ejercicio desde una perspectiva dogmática y jurisprudencial. Se intentará comprobar si la revocación de los actos administrativos constituye la regla general en nuestro ordenamiento jurídico, o si dicha potestad debe ser interpretada en términos estrictos.
Título traducido de la contribución The revocation of administrative authority
Idioma originalEspañol
Páginas (desde-hasta)191-222
Número de páginas31
PublicaciónRevista de derecho (Coquimbo)
Volumen24
N.º1
DOI
EstadoPublicada - 2017

Palabras clave

  • Potestad revocatoria
  • Acto administrativo
  • Procedimiento
  • límites

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