Resumen
Desde la reforma constitucional de 2005, la deferencia y auto-restricción del Tribunal Constitucional en el control de los poderes públicos es un supuesto no sólo respecto del legislador y del ejecutivo, sino que también de los jueces ordinarios y especiales, a raíz del modelo de inaplicabilidad consagrado en el artículo 93 N° 6 de la Constitución. La jurisprudencia del Tribunal Constitucional revela su esfuerzo por restringir el control a lo estrictamente necesario, y a procurar no asumir competencias y facultades que reconoce como propias del juez de la gestión pendiente. En el presente trabajo se revisarán los criterios de deferencia extraídos de dicha jurisprudencia.
Título traducido de la contribución | The deference of the constitutional court to inferior courts in inapplicability cases: The deference of the Constitutional Court to inferior courts in inapplicability cases |
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Idioma original | Español |
Páginas (desde-hasta) | 237-270 |
Número de páginas | 34 |
Publicación | Estudios Constitucionales |
Volumen | 13 |
N.º | 1 |
DOI | |
Estado | Publicada - 27 jul. 2015 |
Nota bibliográfica
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Palabras clave
- Constitutional court
- Deference and self restriction criteria
- Inapplicability
- Judges