El problema de la responsabilidad del acreedor moroso en el nuevo Código Civil y Comercial argentino

Producción científica: Contribución a una revistaArtículorevisión exhaustiva

Resumen

El Código Civil y Comercial argentino carece de una norma expresa que imponga al acreedor moroso el deber de reembolsar los gastos y resarcir los daños provocados por su mora. Con todo, la doctrina reconoce ese deber sin dar muchas explicaciones. Este artículo emplea la metodología propia de la dogmática jurídica y se propone abordar el problema a partir de las fuentes legislativas y doctrinarias argentinas y revisar algunos modelos normativos europeos y latinoamericanos. Tras examinar ese material, se intenta construir una solución basada en conceptos y reglas presentes en el propio Código argentino. En particular, la definición normativa de obligación, las exigencias que derivan de la buena fe, el empleo útil y el enriquecimiento sin causa permiten componer una solución articulada capaz de dar respuesta al problema de las consecuencias negativas sufridas por el deudor dispuesto a cumplir, pero imposibilitado de liberarse por razones que son atribuibles a la esfera propia del acreedor, culpable o no.
Idioma originalEspañol (Chile)
Páginas (desde-hasta)133-148
PublicaciónProlegómenos
Volumen23
N.º46
DOI
EstadoPublicada - 2020

Palabras clave

  • mora del acreedor;
  • gastos y daños
  • buena fe
  • empleo útil
  • nuevo Código Civil y Comercial argentino
  • derecho comparado

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