Algunas diferencias entre la compraventa civil y la compraventa de consumo desde el punto de vista de las partes, el objeto, la formación del consentimiento y la entrega de la cosa

Ignacio Labra, Francisca Barrientos

    Producción científica: Capítulo del libro/informe/acta de congresoCapítulorevisión exhaustiva

    Resumen

    Tal como lo describe el título de esta presentación realizaremos un comentario que compara las compraventas civiles con las llamadas "compraventas de consumo", que corresponden a las ventas que operan bajo el ámbito de aplicación de la Ley N° 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores, en adelante LPDC.
    La distinción se hará respecto del ámbito de aplicación subjetivo y objetivo. En el primer caso, nos referimos a la configuración de las partes, y en el segundo, al análisis de la prestación o el objeto.
    Creemos que una adecuada delimitación de la relación subjetiva y objetiva del contrato de compraventa civil y de consumo servirá para tener una primera aproximación a estas clases de ventas y su fisonomía propia, como ocurre con las compras de consumo, que además adopta formas de adhesión. Asimismo, nos ha parecido interesante presentarlo de esta manera, pues no conocemos estudios que lo hayan formulado así.
    Junto con lo anterior, por lo intereses prácticos que ha suscitado últimamente en el tráfico la forma en que operaría la formación del consentimiento bajo las reglas del derecho común y consumo, hemos dedicado un especial apartado que lo examina.
    Y, por último, se ofrece una aproximación, a título de diferencias, de la obligación de entrega del vendedor en las ventas civiles y del proveedor en las de consumo.
    Idioma originalEspañol (Chile)
    Título de la publicación alojadaLa Compraventa
    EditorialThomson Reuters
    Páginas71-86
    Edición1
    ISBN (versión impresa)978-956-346-879-3
    EstadoPublicada - jun. 2017

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