Abstract
Por distintas razones puede ocurrir que, durante el desarrollo del proceso, el demandante o el demandado sea reemplazado por otro sujeto que pasa a ocupar su sitio en el litigio, al haberse producido un cambio en la titularidad de los derechos subjetivos que conforman el objeto del proceso. El fenómeno recién descrito se designa como sucesión procesal o cambio de partes.
Dicho de otro modo, la figura que nos ocupa es una proyección en el proceso de la institución general de la sucesión. Como lo expone Elorriaga, "Suceder a una persona es ocupar su lugar y recoger los derechos y obligaciones que a cualquier título le pertenecían, es decir, se sucede siempre que subsistiendo una obligación o un derecho subjetivo, cambia el sujeto, sea el titular o el obligado".
La sucesión procesal existe para responder a ciertas eventualidades que pueden surgir en la tramitación de un proceso, por el hecho de haberse producido una transferencia o una transmisión de la cosa litigiosa. No resulta razonable que, por la producción de alguno de esos eventos lo obrado devenga en ineficaz.
Atendiendo a la causa que la origina, se debe distinguir entre sucesión procesal por muerte de una de las partes y la sucesión procesal surgida por transferencia de la cosa litigiosa por acto entre vivos.
Dicho de otro modo, la figura que nos ocupa es una proyección en el proceso de la institución general de la sucesión. Como lo expone Elorriaga, "Suceder a una persona es ocupar su lugar y recoger los derechos y obligaciones que a cualquier título le pertenecían, es decir, se sucede siempre que subsistiendo una obligación o un derecho subjetivo, cambia el sujeto, sea el titular o el obligado".
La sucesión procesal existe para responder a ciertas eventualidades que pueden surgir en la tramitación de un proceso, por el hecho de haberse producido una transferencia o una transmisión de la cosa litigiosa. No resulta razonable que, por la producción de alguno de esos eventos lo obrado devenga en ineficaz.
Atendiendo a la causa que la origina, se debe distinguir entre sucesión procesal por muerte de una de las partes y la sucesión procesal surgida por transferencia de la cosa litigiosa por acto entre vivos.
Original language | Spanish |
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Pages (from-to) | 263-270 |
Number of pages | 8 |
Journal | Ius et Praxis |
Volume | 17 |
Issue number | 1 |
DOIs | |
State | Published - 2011 |