Abstract
Una superficial insistencia en la libertad de mercado propuesta por
Adam Smith puede desconocer que la libre competencia en la sociedad
comercial debe ser, según este autor, un torneo justo, basado en un estricto
sistema de justicia, respaldado por un concepto de justicia que, aunque
difiere de la tradición anterior de la filosofía clásica, y puede no ser muy
convincente para algunos, es un ideal moral que conviene conocer y
analizar desde la perspectiva filosófica racionalista o empirista en que
Smith se encontraba inserto.
Hay que tener en cuenta primero que la Cátedra de Filosofía Moral
que ocupó Adam Smith en la Universidad de Glasgow constaba de cuatro
partes: Teología Natural, de la que no se conserva ningún escrito; Ética,
en la que Adam Smith enseñó el contenido de su libro titulado T eoría d e
los Sentim ientos M orales; Jurisprudencia, en que Smith trató la moralidad
relacionada con la justicia y susceptible de reglas precisas, cuyo contenido
de clases conservaron algunos alumnos y constituyen un libro postumo
titulado L eccion es d e Ju risp ru d en cia; y política económica, cuyas clases
contienen la sustancia de su afamada obra titulada Una Investigación
acerca d e la N atu raleza y las C ausas d e la R iqu eza d e las N aciones, obra
por la que Adam Smith es más conocido. Este breve recorrido por las
distintas materias que componían la Filosofía Moral en la universidad
escocesa de la Ilustración muestra la importancia que tenía para Smith el tema de la justicia, virtud que tiene una función principal en la sociedad
comercial smithiana.
Su concepción de la justicia fue fuertemente influida por el iusnaturalismo moderno, especialmente el de Hugo Grotius, cuyas obras Smith
conocía muy bien y a quien consideraba el más excelente entre los
iusnaturalistas modernos2. Por eso voy a esbozar el giro radical que dio
Grotius respecto al iusnaturalismo clásico anterior, proveniente de Tomás
de Aquino, para analizar después cómo esta nueva concepción de la ley
y del derecho se plasmó en el concepto de justicia y en la jurisprudencia
de Adam Smith. Según la opinión de Knud Haakonssen, encontramos
en Grotius un cambio esencial de la noción de derecho con respecto a
la tradición iusnaturalista de Tomás de Aquino, tradición que repercutió
indirectamente en su pensamiento por la vía del neotomismo español
.del siglo de oro. El derecho, en vez de ser una acción que debe ser de
acuerdo con la razón natural, pasó a ser entendido como algo que la
persona tiene. Así se inició la “subjetivización” del concepto de derecho3.
En consecuencia, podemos decir a grandes rasgos que si la noción de
justicia de Adam Smith es deudora del concepto de derecho subjetivo
que recorre el pensamiento de Grotius, la sociedad comercial propuesta
por este autor es individualista. Para mostrarlo haré primero un análisis
de algunas ideas fundamentales sobre la noción de derecho contenidas
en D e ju re belli a c p a c is, principal obra de Hugo Grotius4, para mostrar
después sus coincidencias principales con el concepto de justicia de Adam
Smith, y el método experimental que adoptan ambos autores para establecer las reglas de justicia, refiriéndome al final brevemente a la cabida
que tiene la justicia como virtud y como norma en la sociedad comercial.
Consideraré también a lo largo de la explicación el tipo de individualismo que surge de esa aplicación de la justicia que, en mi opinión, es un
individualismo moderado.
Adam Smith puede desconocer que la libre competencia en la sociedad
comercial debe ser, según este autor, un torneo justo, basado en un estricto
sistema de justicia, respaldado por un concepto de justicia que, aunque
difiere de la tradición anterior de la filosofía clásica, y puede no ser muy
convincente para algunos, es un ideal moral que conviene conocer y
analizar desde la perspectiva filosófica racionalista o empirista en que
Smith se encontraba inserto.
Hay que tener en cuenta primero que la Cátedra de Filosofía Moral
que ocupó Adam Smith en la Universidad de Glasgow constaba de cuatro
partes: Teología Natural, de la que no se conserva ningún escrito; Ética,
en la que Adam Smith enseñó el contenido de su libro titulado T eoría d e
los Sentim ientos M orales; Jurisprudencia, en que Smith trató la moralidad
relacionada con la justicia y susceptible de reglas precisas, cuyo contenido
de clases conservaron algunos alumnos y constituyen un libro postumo
titulado L eccion es d e Ju risp ru d en cia; y política económica, cuyas clases
contienen la sustancia de su afamada obra titulada Una Investigación
acerca d e la N atu raleza y las C ausas d e la R iqu eza d e las N aciones, obra
por la que Adam Smith es más conocido. Este breve recorrido por las
distintas materias que componían la Filosofía Moral en la universidad
escocesa de la Ilustración muestra la importancia que tenía para Smith el tema de la justicia, virtud que tiene una función principal en la sociedad
comercial smithiana.
Su concepción de la justicia fue fuertemente influida por el iusnaturalismo moderno, especialmente el de Hugo Grotius, cuyas obras Smith
conocía muy bien y a quien consideraba el más excelente entre los
iusnaturalistas modernos2. Por eso voy a esbozar el giro radical que dio
Grotius respecto al iusnaturalismo clásico anterior, proveniente de Tomás
de Aquino, para analizar después cómo esta nueva concepción de la ley
y del derecho se plasmó en el concepto de justicia y en la jurisprudencia
de Adam Smith. Según la opinión de Knud Haakonssen, encontramos
en Grotius un cambio esencial de la noción de derecho con respecto a
la tradición iusnaturalista de Tomás de Aquino, tradición que repercutió
indirectamente en su pensamiento por la vía del neotomismo español
.del siglo de oro. El derecho, en vez de ser una acción que debe ser de
acuerdo con la razón natural, pasó a ser entendido como algo que la
persona tiene. Así se inició la “subjetivización” del concepto de derecho3.
En consecuencia, podemos decir a grandes rasgos que si la noción de
justicia de Adam Smith es deudora del concepto de derecho subjetivo
que recorre el pensamiento de Grotius, la sociedad comercial propuesta
por este autor es individualista. Para mostrarlo haré primero un análisis
de algunas ideas fundamentales sobre la noción de derecho contenidas
en D e ju re belli a c p a c is, principal obra de Hugo Grotius4, para mostrar
después sus coincidencias principales con el concepto de justicia de Adam
Smith, y el método experimental que adoptan ambos autores para establecer las reglas de justicia, refiriéndome al final brevemente a la cabida
que tiene la justicia como virtud y como norma en la sociedad comercial.
Consideraré también a lo largo de la explicación el tipo de individualismo que surge de esa aplicación de la justicia que, en mi opinión, es un
individualismo moderado.
Original language | Spanish (Chile) |
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Title of host publication | Lo jurídico y lo político. Lo público como modo de existencia |
Editors | Joaquín García-Huidobro, Hugo Herrera, Marco Antonio Huesbe |
Publisher | Universidad de los Andes, Chile |
Pages | 97-109 |
ISBN (Print) | 978-956-7160-56-3 |
State | Published - 2009 |
Publication series
Name | Cuadernos de Extensión Jurídica |
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Publisher | Universidad de los Andes, Chile |