Abstract
En la realidad de la vida matrimonial es muy difícil determinar quién es el culpable, porque el comportamiento de cada cónyuge suele ser una reacción a la conducta del otro; existe las más de las veces una relación disfuncional de carácter bilateral que tiene su origen en la conducta de los dos cónyuges. Frente a lo cual la tendencia de algunos ordenamientos jurídicos ha sido por una parte avanzar hacia la eliminación del concepto subjetivo de culpa al momento de dar término a la unión conyugal o bien la atenuación de sus efectos en pos de evitar un juicio de imputabilidad de la conducta del cónyuge incumplidor en un juicio de divorcio o separación judicial. Sin embargo, la iniciativa no ha dado el fruto esperado, pues si bien, ya no se discute o trata de determinar quién es el culpable en estas situaciones, se ha planteado igualmente la necesidad de abordar la culpa; está vez, a raíz de la presentación de demandas de indemnización de perjuicios entre cónyuges producto del incumplimiento de los deberes matrimoniales o de la vulneración de los derechos de la personalidad de uno de los cónyuges por parte del otro, siempre que quede acreditada la existencia del daño y se den los demás requisitos o fundamentos de la responsabilidad civil, entre ellos, la culpa.
Original language | Spanish |
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Title of host publication | Estudios de Derecho civil VIII |
Publisher | Thomson Reuters |
State | Published - Oct 2013 |