Description

Durante el gobierno de Augusto B. Leguía en Perú (1919-1930), conocido como el Oncenio, el Estado promovió un giro en la legislación indígena, en el marco de un proyecto modernizador con rasgos corporativistas. Esta ponencia examina el contenido y los alcances de dicha legislación tutelar, que buscó enfrentar los problemas sociales y agrarios indígenas desde paradigmas distintos a los liberales y positivistas que habían primado desde la instauración de la república. Se analiza el papel del Patronato de la Raza Indígena, las innovaciones introducidas por la Constitución de 1920 en esta materia —que reconoció explícitamente a las comunidades como sujetos legales—, y el conjunto de leyes y decretos orientados a proteger las tierras comunales, regular el trabajo campesino y promover el registro de comunidades. Asimismo, se considera el contexto político, intelectual e institucional del indigenismo jurídico en el Perú, el aporte de pensadores y activistas como Encinas, Castro Pozo y Zulen, la participación del clero en iniciativas oficiales vinculadas al mundo rural indígena, y la recepción de modelos internacionales. Se plantea que, pese a sus limitaciones prácticas y a su subordinación al proyecto político de Leguía, la legislación indigenista del Oncenio sentó las bases para un posterior reconocimiento jurídico más atento a las particularidades históricas y sociales de los pueblos indígenas, aunque no exento de tensiones.
Period26 Jul 2025
Held atAsociación Internacional de Hispanistas (AIH), Spain